Urgencias penales · 24 horas

¿Detención en curso, citación para esta semana o audiencia mañana? No espere a mañana. Escríbanos ahora, a cualquier hora.

WhatsApp de urgencia
Control de detención
Dentro de 24 horas
Abogados en el área
2
Atención de urgencia
24 horas, todos los días
Modalidad
Presencial y remota

Para quién

Dos lados del mismo proceso.

Quien está siendo investigado necesita que nada de lo que haga hoy lo perjudique mañana. Quien fue víctima necesita que el caso no se archive. Son urgencias distintas y las atendemos con la misma seriedad.

Si lo investigan

Si lo citaron, lo detuvieron o lo formalizaron.

Los derechos se ejercen desde la primera diligencia, no después. Si lo citaron, no declara sin abogado. Si lo formalizan, la Fiscalía va a pedir medidas cautelares —incluida la prisión preventiva— en esa misma audiencia, y hay que llegar con la defensa preparada. Cada hora sin abogado corre en su contra.

  • Asistencia en la primera citación a Fiscalía o policía
  • Audiencia de control de detención y formalización
  • Discusión de prisión preventiva y otras medidas cautelares
  • Suspensión condicional, acuerdo reparatorio y procedimiento abreviado
  • Preparación y defensa en juicio oral
  • Delitos económicos: estafa, apropiación indebida, administración desleal, delitos tributarios
  • Conducción en estado de ebriedad, lesiones, amenazas y delitos comunes
  • Recursos de nulidad y apelación
Necesito defensa ahora
Si fue víctima, o es una empresa

Si le hicieron daño y quiere que el proceso avance.

Una denuncia informa; una querella lo convierte en parte. Aportamos prueba, pedimos diligencias, evitamos el archivo y, en delitos patrimoniales, perseguimos recuperar lo perdido.

  • Querellas por estafa, apropiación indebida y fraudes
  • Representación de víctimas en toda la investigación y el juicio
  • Acciones civiles para recuperar lo defraudado
  • Delitos cometidos contra la empresa por trabajadores o terceros
  • Investigaciones internas y denuncias con criterio
  • Prevención penal corporativa y responsabilidad de la persona jurídica
Quiero querellarme

Situaciones frecuentes

Probablemente llegó aquí por una de estas.

Citación

Me citaron a declarar a la Fiscalía y no sé si ir.

Ir, sí; hablar, depende. Antes de la diligencia revisamos qué se investiga y en qué calidad lo citan, y decidimos si conviene declarar, guardar silencio o presentar antecedentes por escrito. Lo que se dice ahí queda en la carpeta para siempre.

Detención

Detuvieron a mi hijo anoche.

Debe pasar ante un juez dentro de veinticuatro horas, y en esa audiencia se juega la libertad mientras dure el proceso. Escríbanos ahora, a la hora que sea: llegar al control de detención con defensa privada y antecedentes de arraigo cambia lo que el juez decide.

Formalización

Me formalizaron y la Fiscalía pide prisión preventiva.

La prisión preventiva es la excepción, no la regla, y se discute con antecedentes concretos: arraigo, conducta anterior, proporcionalidad. Si se decreta, se apela. Y desde ese momento se construye la estrategia hacia una salida o hacia el juicio.

Económico

Me acusan de estafa por un negocio que salió mal.

No todo incumplimiento es un delito. La línea entre un conflicto civil y una estafa es técnica y se defiende con documentos, no con explicaciones. Reconstruimos la operación completa antes de que la investigación la reconstruya por nosotros.

Víctima

Me estafaron y la denuncia no avanza.

Con una querella deja de ser un número en la carpeta: pide diligencias, aporta prueba y se opone al archivo. En paralelo, se preparan las acciones para recuperar el dinero, que es lo que de verdad le importa.

Empresa

Descubrimos un fraude interno y no sabemos si denunciar.

Denunciar sin preparar la prueba puede volverse en contra. Conducimos la investigación interna, aseguramos la evidencia, definimos si se querella y contra quién, y revisamos la exposición penal de la propia empresa.

Reglas que conviene saber

Cuatro números que ordenan un proceso penal.

En penal las decisiones más importantes se toman en las primeras horas, con poca información y mucha presión. Estas reglas conviene tenerlas claras antes.

Declaraciones sin abogado
0
ninguna, nunca

Toda persona investigada tiene derecho a guardar silencio y a contar con un abogado desde la primera actuación.

Art. 93 Código Procesal Penal
Control de detención
24
horas como máximo

El detenido debe ser puesto a disposición del juez de garantía dentro de ese plazo. Ahí se decide su libertad.

Art. 131 Código Procesal Penal
Salidas sin condena
2
alternativas al juicio

Suspensión condicional del procedimiento y acuerdo reparatorio. Cumplidas, extinguen la acción penal.

Arts. 237 y 241 Código Procesal Penal
Plazo máximo de investigación
2
años desde la formalización

Vencido el plazo, se puede pedir el cierre de la investigación. El juez suele fijar plazos menores.

Art. 247 Código Procesal Penal

Si hay una detención en curso, una audiencia mañana o una citación para esta semana, no agende: escríbanos por WhatsApp ahora, a cualquier hora, con lo que sepa —quién, dónde, por qué— y le decimos de inmediato qué hacer y qué no hacer hasta que hablemos. En penal, las primeras horas valen más que las siguientes semanas.

Quiénes lo llevan

Los abogados del área penal.

Dos abogados litigantes: uno concentrado en lo económico y de empresa, con la lectura del negocio detrás de cada carpeta; otro con más de doce años en tribunales y docencia en litigación, que prepara cada caso para sostenerlo en audiencia.

Simón Gálvez Espinoza
Simón Gálvez Espinoza
Socio Fundador
Ariel Siu Miranda
Ariel Siu Miranda
Asociado
Ver perfiles completos →

Antes de escribir

Preguntas frecuentes en defensa penal.

Me citaron a declarar. ¿Tengo que ir? ¿Tengo que hablar?

Si la citación es de la Fiscalía o de la policía, conviene concurrir, pero nunca sin abogado. Toda persona investigada tiene derecho a guardar silencio y a que su abogado esté presente; lo que se declara en esa primera diligencia queda en la carpeta y condiciona el resto del proceso. Antes de ir, se revisa qué se investiga, en calidad de qué lo citan y si conviene declarar, callar o presentar antecedentes por escrito.

Detuvieron a un familiar. ¿Qué hago ahora?

Escríbanos de inmediato. La persona detenida debe ser llevada ante un juez de garantía dentro de veinticuatro horas para el control de la detención, y en esa misma audiencia la Fiscalía puede formalizar y pedir medidas cautelares, incluida la prisión preventiva. Llegar a esa audiencia con defensa privada y con antecedentes de arraigo —trabajo, familia, domicilio— cambia el resultado.

¿Qué significa que me formalicen?

La formalización es la comunicación formal de que la Fiscalía lo investiga por determinados hechos. No es una condena ni una acusación, pero desde ese momento corren plazos y se pueden decretar medidas cautelares. Es también el punto en que se abren las salidas alternativas y se define la estrategia: discutir la cautelar, negociar, o preparar el juicio.

¿Se puede terminar un caso sin ir a juicio?

Sí. La suspensión condicional del procedimiento y el acuerdo reparatorio son salidas alternativas que, cumplidas sus condiciones, extinguen la acción penal sin condena. El procedimiento abreviado permite, en ciertos casos, una pena menor a cambio de aceptar los hechos. Cuál conviene depende del delito, de los antecedentes y de lo que está en juego; se decide con usted, con los escenarios sobre la mesa.

Fui víctima de un delito. ¿Qué gano con una querella?

La denuncia informa; la querella lo convierte en parte del proceso. Como querellante puede aportar prueba, pedir diligencias, oponerse a que el caso se archive y participar en el juicio. En delitos patrimoniales —estafas, apropiaciones indebidas, administración desleal— es además la vía para recuperar lo perdido, junto con las acciones civiles.

¿Cómo se cobran los honorarios en materia penal?

Por etapas: la primera comparecencia o la audiencia de control de detención tiene un honorario definido, y la defensa posterior se cotiza según la complejidad y la etapa a la que llegue el caso. Todo se presenta por escrito antes de aceptar el encargo. Si la urgencia es ahora, primero actuamos y la propuesta formal se envía dentro del mismo día hábil.

Antes de declarar, antes de firmar, antes de entregar nada

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