Revisión de un contrato
Desde 48 horas
Equipo del área
2
Primera respuesta
Mismo día hábil
Modalidad
Presencial y remota

Para quién

Antes de firmar, y cuando ya se incumplió.

Un buen contrato no evita los problemas: los resuelve antes de que ocurran, porque ya dice qué pasa. Los malos contratos se notan solo cuando la relación se rompe, que es exactamente cuando ya no se pueden cambiar.

Antes de firmar

Si tiene que redactar, revisar o negociar un contrato.

Redactamos a medida, revisamos lo que le proponen y negociamos lo que se puede mover. Con precio cerrado por documento, para que consultar antes de firmar nunca sea la parte cara.

  • Contratos de prestación de servicios y de obra
  • Contratos de distribución, suministro, franquicia y licencia
  • Acuerdos de confidencialidad, exclusividad y no competencia
  • Contrato de trabajo o a honorarios: cuál corresponde y sus riesgos
  • Términos y condiciones, contratos de adhesión y con consumidores
  • Revisión de contratos que le piden firmar: arriendo, servicios, financiamiento
Revisar antes de firmar
Cuando ya se incumplió

Si le incumplieron, o lo acusan de incumplir.

Frente a un incumplimiento, la ley da opciones y plazos. Elegimos la que le sirve —exigir, terminar, cobrar la multa— y la ejecutamos con la prueba ordenada desde la primera carta.

  • Cumplimiento forzado o resolución del contrato
  • Cobro de cláusulas penales e indemnización de perjuicios
  • Cartas de incumplimiento y negociación de salida
  • Defensa frente a demandas por incumplimiento
  • Término anticipado de contratos y sus consecuencias
  • Arbitraje y mediación comercial
Hacer valer mi contrato

Situaciones frecuentes

Probablemente llegó aquí por una de estas.

Revisión

Me mandaron un contrato de veinte páginas y tengo que firmarlo mañana.

Nadie firma bien con apuro. En cuarenta y ocho horas se lo devolvemos con lo que importa marcado: qué lo obliga, qué le cobran si sale, qué no está y debería estar. Y qué se puede negociar todavía.

Servicios

Presto servicios a una empresa y quiero un contrato que me proteja.

Alcance, plazos, pagos, qué pasa si se atrasa el pago o cambian el encargo, propiedad de lo que entrega, término. Un contrato de servicios claro cobra más rápido y discute menos.

Trabajo

Quiero contratar a alguien a honorarios para no complicarme.

Si hay horario, subordinación y dependencia, es contrato de trabajo aunque diga honorarios, y la diferencia se cobra con multas y cotizaciones. Definimos la figura correcta antes de que la defina la Inspección del Trabajo.

Incumplimiento

La otra parte no cumplió y quiero terminar el contrato.

La ley le deja elegir entre exigir el cumplimiento o resolver el contrato, en ambos casos con indemnización. Pero terminar mal un contrato lo convierte a usted en el incumplidor: la carta de término se redacta con cuidado.

Cláusulas

Firmé sin leer y ahora me cobran una multa enorme.

Las cláusulas penales se pueden discutir cuando son desproporcionadas, y los contratos de adhesión tienen límites legales. Revisamos qué firmó y qué de eso es realmente exigible.

Negociación

Estamos negociando un contrato importante y no sabemos qué pedir.

Lo importante rara vez es el precio: es quién asume qué riesgo, cómo se sale y cómo se resuelven las diferencias. Participamos en la negociación para que esas tres cosas queden de su lado.

Reglas que conviene saber

Cuatro reglas que ordenan cualquier contrato.

Son las que más se olvidan al firmar y las que más pesan cuando algo falla.

Frente a un incumplimiento
2
caminos: cumplir o resolver

La parte cumplidora elige exigir el cumplimiento o dar por terminado el contrato, y en ambos casos pide indemnización.

Art. 1489 Código Civil
Plazo para reclamar
5
años

Prescripción de la acción para exigir un contrato o cobrar lo que se debe por él. Las cláusulas pueden fijar plazos menores.

Art. 2515 Código Civil
Cláusula penal
1
multa pactada de antemano

Fija la indemnización sin tener que probar el daño. Si es desproporcionada, el juez puede rebajarla.

Arts. 1535 y 1544 Código Civil
Firma electrónica
2002
Ley de firma electrónica

Un contrato firmado electrónicamente vale como uno en papel. La firma avanzada equivale a la firma ante notario para la mayoría de los actos.

Ley 19.799

Un contrato no necesita ser largo para ser bueno; necesita responder tres preguntas: qué debe cada uno, qué pasa si no lo hace y cómo se sale. Si el que le pusieron adelante no las responde, no lo firme todavía.

Quiénes lo llevan

El equipo del área.

Los dos socios del estudio: uno con práctica en litigación, que redacta cada contrato pensando en cómo se defendería en juicio; otro concentrado en negociación de acuerdos y estructuración de negocios, que sabe convertir posiciones distintas en cláusulas concretas.

Simón Gálvez Espinoza
Simón Gálvez Espinoza
Socio Fundador
Carlos Javier León Torres
Carlos León Torres
Socio
Ver perfiles completos →

Antes de escribir

Preguntas frecuentes en contratos.

¿Un contrato de palabra vale?

En general sí: la mayoría de los contratos no exige forma escrita para existir. El problema es probarlo. Sin documento, el contrato vale lo que la otra parte esté dispuesta a reconocer. Y hay contratos que sí exigen escritura —promesa de compraventa, compraventa de inmuebles, entre otros— y sin ella no valen nada.

¿Cuánto cuesta redactar o revisar un contrato?

Trabajamos con precio cerrado por documento, definido antes de empezar según el tipo y la complejidad. Una revisión con observaciones tiene un costo menor que una redacción completa; un contrato estándar cuesta menos que uno negociado entre varias partes. Consultar antes de firmar nunca es la parte cara.

¿Puedo terminar un contrato antes del plazo?

Depende de lo que diga el contrato y de si hay causa. Muchos contratos contemplan término anticipado con aviso previo o con una multa; otros no, y terminarlos sin causa lo convierte a usted en el incumplidor. Antes de enviar cualquier aviso de término, conviene revisar la cláusula y la consecuencia.

¿Contrato de trabajo o a honorarios?

No lo decide el nombre del documento sino la realidad: si hay horario, instrucciones, subordinación y dependencia, es contrato de trabajo, aunque se llame honorarios. Contratar a honorarios lo que debió ser trabajo expone a multas, cotizaciones impagas y demandas laborales. Definimos la figura correcta caso a caso.

¿Sirve la firma electrónica?

Sí. La ley chilena reconoce la firma electrónica desde 2002, y la firma electrónica avanzada tiene el mismo valor que una firma ante notario para la mayoría de los contratos. Hay excepciones —actos que exigen escritura pública, como la compraventa de inmuebles— y hay que elegir bien la plataforma para que la firma sea verificable.

¿Qué pasa si la otra parte está en otro país?

Se puede contratar igual, pero el contrato debe decir qué ley se aplica y dónde se resuelven las disputas, idealmente por arbitraje. Sin esas cláusulas, cobrar a una contraparte extranjera puede ser impracticable. Redactamos contratos internacionales en español e inglés.

Antes de firmar

Mándenos el contrato. Le decimos en 48 horas qué firmar y qué no.

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